Sentencia N° 1541 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1541, Exp. 05-1195, 10/11/2005
Expediente05-1195
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO ALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Belkis de la Chiquinquirá García Rodríguez contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Lara. La parte recurrente alegó violaciones a varios artículos de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y del Código Civil, argumentando que la decisión de la instancia inferior no valoró adecuadamente las pruebas presentadas.
La Sala, tras revisar los argumentos y las pruebas, concluyó que la decisión del Juzgado Superior se encontraba ajustada a derecho, ya que se demostró que la relación laboral era a tiempo determinado. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso, enfatizando que la Sala tiene la potestad discrecional de restringir la admisibilidad de los recursos cuando se violan disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada.
Finalmente, se ordenó la remisión del expediente a la Coordinación Judicial para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, sin condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza es de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho, o de aquellas decisiones que contravengan la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, pues, ésta se contrae fundamentalmente entre otras, a preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 13 de mayo de 2005, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Coordinación Judicial para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Palabras clave
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