Sentencia N° 154 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de marzo de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0154, Exp. 11-654, 09/03/2012
Expediente11-654
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-03-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, quien alegó que la sentencia de segunda instancia había violado disposiciones de la Ley Orgánica del Trabajo al considerar erróneamente el cómputo del lapso de prescripción. La Sala determinó que la sentencia recurrida había declarado la prescripción de la acción sin considerar adecuadamente las pruebas presentadas por la parte actora, lo que llevó a la anulación del fallo y a la reposición de la causa para que se decidiera sobre el fondo del asunto.

Extracto de la motiva

La sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 8 de abril de 2011, al pronunciarse con relación a la prescripción alegada argumentó lo siguiente: En el presente caso se observa que el reclamo presentado ante el órgano administrativo, es anterior a la interposición de la demanda, incluso es el mismo abogado Yuri Policarpo Correa Martínez, quien solicita y se le acuerdan las copias certificadas suscritas por el inspector del Trabajo en estado Monagas en ese entonces, sin embargo dicha documental no fue consignada en su oportunidad, de manera que mal puede esta sentenciadora dar valor probatoria alguna, debiéndolas desechar por extemporánea. Así se decide. Establecido lo anterior, este Tribunal comparte la motivación y lo decidido en la sentencia recurrida. En efecto, tomando en consideración que la fecha de culminación de la relación laboral, se produjo en fecha 09 de junio de 2008 y la providencia administrativa se dictó en fecha 6 de noviembre del 2008 (folio 61 al 67 inclusive), se observa que la demanda fue propuesta en fecha 23 de septiembre de 2009; materializándose la notificación en fecha 16 de marzo de 2010, y tal como lo estableció el a quo, no consta de autos que la demandante haya interrumpido en modo alguno el lapso de prescripción, tal como lo tiene previsto el artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo. Por los fundamentos anteriores, esta Alzada considera que el presente recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente no debe prosperar. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 8 de abril de 2011; 2) ANULA el fallo recurrido; y 3) REPONE la causa al estado de que el Juzgado Superior que resulte competente decida sobre el fondo del asunto.

Palabras clave

prescripcióndocumentos administrativosInspectoría del Trabajorelación laboralpruebaLey Orgánica del Trabajo

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