Sentencia N° 1535 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de octubre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1535, Exp. 07-1929, 14/10/2008
Expediente07-1929
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2008-10-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia aclara la decisión dictada el 31 de julio de 2008, en la que se establece que el aumento general de salario acordado a los trabajadores de CADAFE debe ejecutarse sobre el salario integral y no sobre el salario básico. Se argumenta que el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil permite la aclaratoria de puntos dudosos a solicitud de parte. La Sala reafirma que el aumento salarial debe hacerse sobre el salario integral, conforme a lo estipulado en la cláusula 1° del Contrato Colectivo y el artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Extracto de la motiva
Es decir, que el aumento general de salario deberá hacerse sobre el salario integral que comprende lo expresamente señalado en la cláusula 1° de la Convención Colectiva de Trabajo, en concordancia con el artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, como así lo especificó esta Sala en el fallo que resolvió el recurso de casación planteado, en el entendido que el aumento salarial reclamado conforme al concepto establecido en la cláusula anteriormente citada, entrará en vigencia, a partir de la publicación de la sentencia cuya aclaratoria se solicita, lo cual ocurrió en fecha 02 de octubre del año 2008, todo ello con fundamento en lo establecido por este alto Tribunal en sentencia de fecha 12 de diciembre del año 2006 (caso: Miguel Cárdenas c/ Electricidad de Caracas y otras, sent. N° 2029).
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, deja ACLARADA la sentencia emanada de esta misma Sala de fecha 31 de julio del año 2008, reproducida el 02 de octubre del mismo año, en el juicio que por acción mero declarativa incoara la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE) contra la Federación de Trabajadores de la Industria Eléctrica de Venezuela (FETRAELEC). Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los fines legales consiguientes.
Palabras clave
aclaratoriaaumento salarialsalario integralcontrato colectivotrabajadoresCADAFEFETRAELECLey Orgánica del Trabajo