Sentencia N° 1533 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de diciembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1533, Exp. 12-1284, 18/12/2012
Expediente12-1284
PonenteOmar Alfredo Mora Díaz
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-12-18
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra un fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Táchira. La decisión de la Sala fue declarar inadmisible el recurso, argumentando que la sentencia recurrida no vulnera normas de orden público laboral y que no era necesario desplegar actividad jurisdiccional adicional. Se destacó que el recurso se fundamentaba en supuestas violaciones a derechos procesales, pero la Sala consideró que no se ajustaba a los fines del medio excepcional de impugnación.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, la representación judicial de la parte demandada recurrente denuncia que la sentencia recurrida viola las normas de orden público contenido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referidas a garantías procesales como el derecho a la defensa y al debido proceso, así como también denuncia el artículo 74 de la Ley Orgánica del Trabajo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 3 de mayo de 2012. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo ello de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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