Sentencia N° 1525 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de octubre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1525, Exp. 06-743, 10/10/2006
Expediente06-743
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2006-10-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en el caso de María Eugenia Báez contra Distribuidora de Carnes Araurima, C.A., resolvió un recurso de casación por infracción de ley. La apelación fue desestimada, confirmando la decisión del juzgado inferior que había desestimado la demanda de indemnización por daño moral. La Sala concluyó que no se aportaron pruebas suficientes que demostraran el daño alegado por la actora, a pesar de que se alegó un abuso de derecho por parte del demandado al formular la denuncia penal en su contra.

Extracto de la motiva

Independientemente de lo acertado o no del planteamiento de la denuncia en cuanto afirma un dudoso problema de establecimiento de los hechos, encuentra la Sala que el formalizante no argumenta ni demuestra lo concerniente a la influencia determinante de la infracción en el dispositivo final y esencial del fallo, esto es, en cuanto a la entidad del daño alegado y la indemnización que pudiera corresponder al mismo, lo cual tampoco aparece apoyado en elementos probatorios idóneos. Aun si se admitiese que el representante de la codemandada se excedió en el uso del derecho a denunciar, en cuanto habría señalado expresa y directamente a la demandante, ante la autoridad policial, como autora de una sustracción de dinero, queda en pié el problema de determinar el daño causado y la entidad del mismo, respecto de lo cual, como se indicó, no existe el debido soporte probatorio.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el presente recurso de casación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se exime a la recurrente de las costas del recurso.

Palabras clave

daño moralindemnizacióndenuncia penalabuso de derechoresponsabilidad civilrecurso de casacióntrabajojurisdicción

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