Sentencia N° 1523 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de octubre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1523, Exp. 06-779, 10/10/2006
Expediente06-779
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-10-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte actora en un juicio por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Carabobo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación, fue confirmada. La Sala argumentó que la parte recurrente no cumplió con los requisitos técnicos necesarios para la formalización del recurso, lo que llevó a la desestimación de sus alegaciones.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: Respecto a las denuncias formuladas, lo primero que debe señalar esta Sala es la manifiesta falta de técnica en la que incurre la formalizante. En efecto, la Sala ha sostenido de manera reiterada que al proponerse el recurso extraordinario de casación, deben cumplirse ciertos requisitos para presentar el escrito de formalización y por tanto corresponde al recurrente cumplir con la correcta técnica casacional al plantear sus denuncias, así, cualquier delación que pudiera configurarse como genérica, vaga, imprecisa o confusa daría lugar a que fuera desechada por su indeterminación, al extremo que podría acarrear incluso, conforme al artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el perecimiento del recurso. Pero no sólo es una carga para el recurrente precisar con claridad la especificidad de sus denuncias, sino que también está obligado a que su escrito de formalización, considerado éste como un cuerpo sistemático de argumentaciones jurídicas, esté constituido en cuanto a su construcción lógico-jurídica, de un esquema lo suficientemente coherente, para delimitar los motivos o causales de casación, de manera que no sea la Sala que conozca del recurso quien deba dilucidar o inferir los argumentos necesarios para declarar procedente o improcedente las denuncias formuladas.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 11 de abril de 2006 proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En consecuencia, se confirma la sentencia recurrida. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas del recurso.

Palabras clave

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