Sentencia N° 1522 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de octubre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1522, Exp. 14-601, 29/10/2014
Expediente14-601
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-10-29
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por CORPORACIÓN DIGITEL, C.A. contra un acto administrativo que impuso una multa a la empresa por no registrar su Comité de Seguridad Laboral. La Sala declaró sin lugar el recurso, argumentando que la parte recurrente no demostró el peligro en la demora ni presentó pruebas suficientes que justificaran la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado. Además, se destacó que la decisión recurrida se ajustaba a derecho y que la administración había actuado dentro de sus competencias.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social, al analizar el recurso de apelación, observó que la parte recurrente no cumplió con la carga de demostrar los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar solicitada, específicamente el fumus boni iuris y el periculum in mora. Se enfatizó que la parte solicitante debe aportar pruebas concretas que sustenten su alegato de que la providencia administrativa podría causar un daño de difícil o imposible reparación. En consecuencia, se concluyó que la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de declarar improcedente la medida cautelar era correcta, ya que no se evidenció el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley para la suspensión de efectos del acto administrativo impugnado.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 27 de marzo de 2014; y SEGUNDO: SE CONFIRMA la referida sentencia.
Palabras clave
recurso contencioso administrativonulidadmultaComité de Seguridad LaboralCORPORACIÓN DIGITEL