Sentencia N° 1514 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de octubre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1514, Exp. 06-598, 03/10/2006
Expediente06-598
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-10-03
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia 05-989, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por DIC JOE JENKINS MEJÍAS contra la decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo. La apelación se basó en la supuesta inmotivación del fallo y en errores de interpretación del Plan de Jubilación de PDVSA. La Sala concluye que los motivos expuestos por la recurrida guardan relación con la pretensión deducida y que el juez actuó conforme a derecho al desestimar las alegaciones del recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala a los fines de resolver la presente denuncia, observa: El recurrente denuncia una supuesta inmotivación del fallo por error y falsedad, con violación de los artículos 12 y 509 del Código de Procedimiento Civil, para conjuntamente indicar como infringida la norma contenida en el artículo 73 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, porque según su criterio no le era dable a la sentenciadora suplir elementos probatorios de la accionada. Ahora bien, esta Sala ha determinado que el error en los motivos se configura cuando los razones expresadas en el fallo no guardan ninguna relación con la pretensión deducida y con las excepciones o defensas opuestas, caso en el cual los motivos aducidos a causa de su manifiesta incongruencia con los términos en que quedó circunscrita la litis, deben ser tenidos como jurídicamente inexistentes; y, la falsedad o manifiesta ilogicidad de la motivación se materializa cuando los fundamentos esgrimidos son tan vagos, generales, inocuos o absurdos que se desconoce el criterio jurídico que siguió el juez para dictar su decisión. Así las cosas, observa la Sala que los motivos expuestos por la recurrida guardan plena relación con la pretensión deducida y las excepciones o defensas opuestas, como también se denota inequívocamente el criterio jurídico que siguió el juez para dictar su decisión, por lo que, forzosamente se declararán improcedentes tales delaciones así como la de los artículos denunciados como infringidos, ello, por ser consecuenciales al error y falsedad de la motivación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte accionante contra la sentencia proferida por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16 de febrero de 2006. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente.

Palabras clave

prestaciones socialespensión de jubilaciónrecurso de casaciónerror de interpretaciónLey Orgánica Procesal del TrabajoCódigo de Procedimiento CivilPDVSA

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