Sentencia N° 150 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de marzo de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0150, Exp. 04-1624, 15/03/2005
Expediente04-1624
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-03-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La parte recurrente alegó violaciones a normas de orden público y a la doctrina jurisprudencial, argumentando que la sentencia impugnada no consideró una transacción previa entre las partes. Sin embargo, la Sala determinó que la sentencia recurrida no incurrió en violaciones y declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, denuncia la parte demandada recurrente, que la sentencia impugnada violó normas con carácter de orden público, contraviniendo los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento, 1.718 del Código Civil y 255 del Código de Procedimiento Civil, pues, arguye que la Sentenciadora de Alzada decidió sin considerar la existencia de la transacción celebrada por las partes, en fecha 27 de diciembre de 2001, ante el Inspector del Trabajo de los Municipios Autónomos José Félix Rivas, Revenga, Santos Michelena, Tovar y Bolívar del Estado Aragua, ignorando con ello el valor de cosa juzgada que de ella se deriva, pues señaló que ésta -la transacción- no reunía los requisitos contenidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo. Por otra parte, señalan los recurrentes que el fallo es contrario a la reiterada doctrina jurisprudencial sentada por esta Sala, por cuanto consideran que la Alzada omitió realizar pronunciamiento con relación a los montos condenados a pagar a la demandada, por concepto de la presunta diferencia de prestaciones sociales a favor de la accionante. Así pues, una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado, esta Sala de Casación Social considera que la sentencia recurrida no incurre en violaciones de normas con carácter de orden público o de la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, razón por lo cual trae como efecto inmediato, basada en los criterios que informan la presente decisión, la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de control de la legalidad interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 27 de septiembre de 2004, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial arriba identificado. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidadsentencia laboraltransacciónorden públicodoctrina jurisprudencialprestaciones socialesinadmisibilidad

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