Sentencia N° 1498 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de octubre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1498, Exp. 08-1437, 09/10/2008
Expediente08-1437
PonenteAlfonso R. Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-10-09
DecisiónHOMOLOGA la transacción celebrada
Resumen
La Sala de Casación Social del TSJ homologó una transacción entre Aura Josefina Morales de Frizzo y la sociedad Inversiones Sabenpe, C.A., en el marco de un juicio por cobro de prestaciones sociales. La decisión se basa en la verificación del cumplimiento de los requisitos legales para la homologación de acuerdos transaccionales, destacando que las partes actuaron de manera voluntaria y sin coacción. Se concluye que la transacción pone fin al litigio judicial de forma definitiva, aplicando la normativa correspondiente.
Extracto de la motiva
Visto el documento de fecha 2 de octubre del año 2008, consignado ante la Secretaría de la Sala de Casación Social, contentivo del acuerdo transaccional, suscrito por ante la Notaría Pública Primera del Municipio Sucre el Estado Miranda, anotado bajo el No. 13, Tomo 158, con fecha 2 de octubre de 2008, por la ciudadana AURA JOSEFINA MORALES DE FRIZZO, titular de la Cédula de Identidad No. 4.771.325, asistida por el abogado José Alejandro Cárdenas Hernández por una parte y, por la otra, por la abogada Grecia Salazar Acosta, Inpreabogado No. 6.853, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte accionada, sociedad de comercio INVERSIONES SABENPE, C.A., mediante la cual, luego de hacerse recíprocas concesiones, las partes convinieron en que la empresa paga a la actora la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. F. 43.572,33), pagaderos en este acto a través de un (1) cheque girado contra el Banco Provincial, identificado con el número 07318033, emitido el 24 de septiembre de 2008, cuenta corriente No. 0108-0021-81-0100043127 de la cuenta corriente de la empresa demandada, a nombre de la ciudadana AURA JOSEFINA MORALES DE FRIZZO, recibido por ésta y su abogado asistente a su entera conformidad y cabal satisfacción, por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional. La referida transacción constituye un finiquito total y definitivo de las pretensiones deducidas, así como por cualquier otro derecho que eventualmente pudieran tener las partes por conceptos derivados con motivo de la relación laboral de que se trata el presente asunto.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1°) HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana AURA JOSEFINA MORALES DE FRIZZO, titular de la Cédula de Identidad No. 4.771.325, asistida por el abogado José Alejandro Cárdenas Hernández por una parte y, por la otra, por la abogada Grecia Salazar Acosta, Inpreabogado No. 6.853, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte accionada, sociedad de comercio INVERSIONES SABENPE, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada; y 2°) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del expediente.
Palabras clave
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