Sentencia N° 1485 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de octubre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1485, Exp. 08-1307, 07/10/2008
Expediente08-1307
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-10-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Daniel Dionet Nieves Montoya contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Estado Carabobo. La apelación fue desestimada, ya que se consideró que no se habían violado las normas de orden público ni la jurisprudencia reiterada de la Sala. La decisión del tribunal inferior fue confirmada, argumentando que no se incurrió en infracciones que afectaran los derechos constitucionales del trabajador.
Extracto de la motiva
Alega el recurrente que tanto el Juez de Primera Instancia como el Juez Superior, incurrieron en infracciones de las normas legales y en actos írritos que han impedido el goce y el ejercicio de los derechos constitucionales que amparan al trabajador, como lo es la violación de los artículos 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 9°, 11, y 120 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que son principios laborales, en especial el de la rectoría del juez en el proceso, del contrato de trabajo, contrato realidad, de la sana crítica al valorar la prueba por el juzgador y de unidad procesal, y los artículos 2°, 25, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuando este tiene la función de ser el control de la carta magna, y con su proceder ocasionó la violación de derechos constitucionalmente establecidos, sin haber otro medio para restituir lo defraudado. Alega, que el Juez Superior Tercero también incurre en violación a lo establecido en los artículos 3°, 10, 34 y 59 de la Ley Orgánica del Trabajo, por lo que considera que las sentencias tienden a variar, no así lo que está establecido y ordenado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las Leyes Orgánicas que son las principales fuentes en que los jueces de la República deben fundamentarse, más aún cuando se trata de pruebas que benefician a los trabajadores, que no hayan demostrado lo contrario y que no exhiban los recibos de pago y los libro de entrada y salida o fichas que se le hayan solicitado en la audiencia a la parte patronal, no aplicar por analogía lo que está en la Constitución y en las leyes. Sobre tales particulares observa la Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, razón por la cual la recurrida no incurre en violaciones del orden legal establecido, motivo por el cual se declara inadmisible el recurso interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 5 de junio de 2008. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que sea enviado al Juzgado correspondiente. Particípese esta decisión al Tribunal Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestaciones socialescontrol de la legalidadinadmisionderechos constitucionalesjurisprudencia laboralLey Orgánica Procesal del TrabajoEstado de Derechoviolaciones legales