Sentencia N° 1482 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1482, Exp. 05-738, 10/11/2005
Expediente05-738
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de noviembre de 2005, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano William Antonio Arteaga contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Estado Carabobo. La decisión se fundamenta en la inadmisibilidad del recurso de casación y en la falta de pronunciamiento sobre ciertos alegatos por parte del tribunal de alzada, que no afectaron la validez del fallo recurrido. Se confirma la sentencia de instancia, manteniendo la decisión de la alzada que había declarado parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Reiteradamente se ha señalado que con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el régimen aplicable al Recurso de Casación, partiendo de lo establecido en la sentencia N° 763 de fecha 1° de diciembre de 2003, ratificada en auto fechado 29 de enero de 2004, será el contemplado en dicha ley, por lo que la formalización del mismo debe cumplir los requisitos previstos en el nuevo cuerpo adjetivo laboral y no el contemplado en el Código de Procedimiento Civil. De otra parte, también ha insistido la Sala en señalar que el vicio de incongruencia delatado no está contemplado en el nuevo régimen procesal laboral como un vicio propio de la sentencia que acarree su nulidad. Es así como ante la falta de pronunciamiento por la recurrida a algún alegato esgrimido por las partes en el libelo o en la contestación, pertinente resulta delatar la norma concreta no aplicada que regula el supuesto de hecho que sustenta dicho alegato. No obstante lo dicho, la Sala observa que ciertamente la parte actora impugnó el poder que el abogado de la empresa consignó junto con la contestación de la demanda y la accionada insistió en hacer valer la representación que del mismo emana, por estimar llenos los extremos legales para su otorgamiento.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 10 de mayo de 2004 proferida por el Juzgado Superior Primero del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en consecuencia se confirma el fallo recurrido.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casaciónincongruencia negativaLey Orgánica Procesal del Trabajosentencia de alzadarepresentación judicialantigüedadhoras extras