Sentencia N° 1470 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de octubre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1470, Exp. 09-572, 06/10/2009
Expediente09-572
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-10-06
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por Renny Marrero contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La parte recurrente alegó que la sentencia recurrida violaba disposiciones de orden público y la jurisprudencia reiterada de la Sala, en relación a la conexidad entre las empresas involucradas en el caso. Sin embargo, tras el análisis del asunto, el Tribunal determinó que no se constató la violación a las normas alegadas.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. El Tribunal Superior del Trabajo deberá remitir el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de manera inmediata; la cual, una vez recibido el expediente, decidirá sumariamente con relación a dicha solicitud. En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el Capítulo anterior. La declaración de inadmisibilidad del recurso se hará constar en forma escrita por auto del Tribunal, sin necesidad de motivar su decisión. De igual manera, estará sujeto a multa el recurrente que interponga el recurso maliciosamente, hasta un monto máximo equivalente a ciento veinticinco unidades tributarias (125 U.T.). En este último caso, el auto será motivado. Si el recurrente no pagare la multa dentro del lapso de tres (3) días, sufrirá arresto en jefatura civil de quince (15) días.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Accidental, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia emitida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 27 de marzo de 2009. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

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