Sentencia N° 1464 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de septiembre de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1464, Exp. 08-1395, 30/09/2008
Expediente08-1395
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-09-30
DecisiónADMITE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, tras la decisión del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo que declaró con lugar la defensa de prescripción y sin lugar la demanda. La Sala verifica el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisibilidad del recurso, considerando que se trata de sentencias emanadas de Juzgados Superiores laborales y que no son impugnables en casación.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En primer lugar, señala el recurrente la infracción por el sentenciador de la alzada, de los artículos 79 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 508 del Código de Procedimiento Civil, al analizar la prueba documental promovida referida a la constancia de trabajo emanada del Restaurant Tasca-Show “Luna de Oro”, por cuanto a su decir, la declaración de su firmante se contradice con lo expuesto en dicha documental y no demuestra que la relación de trabajo finalizó el 31 de mayo del año 2006 como lo alegó en la contestación de la demanda.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 04 de julio del año 2008, emanada del Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluída la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

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