Sentencia N° 1458 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1458, Exp. 09-536, 06/12/2010
Expediente09-536
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-11-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, decidió sobre el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Alfarería Milenium, C.A., en un juicio de cobro de indemnizaciones por accidente de trabajo. La sentencia de alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte actora y confirmó el fallo del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda y solidariamente responsables a los codemandados. La Sala declaró inadmisible la solicitud de adhesión al recurso de casación anunciada por el codemandado Mario Calderón y confirmó el fallo recurrido.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la representación judicial de la sociedad mercantil demandada recurrente, delata la falsa aplicación de los artículos 56 y 57 de la Ley Orgánica del Trabajo, al establecer el carácter de solidariamente responsable con el patrono principal de las indemnizaciones derivadas del infortunio laboral. Ha dicho esta Sala que la falsa aplicación de la ley consiste en una incorrecta elección de la norma jurídica aplicable, lo cual se traduce normalmente en una preterición y omisión de la norma jurídica que debió ser aplicada. De la lectura detallada de la sentencia recurrida, la Sala observa que la representación judicial de la sociedad mercantil recurrente, al ejercer su recurso de apelación, argumentó que el trabajador fallecido era un trabajador eventual, por lo que, en su decir, las demandadas de autos se encuentran excepcionadas de responder por el accidente ocurrido; que para la fecha del accidente la empresa no tenía actividad económica, que dotó al trabajador de todos los implementos de seguridad necesarios para realizar sus labores y que el accidente se produjo por la imprudencia del trabajador. Por su parte, la sentencia objeto del recurso de casación, al resolver el recurso de apelación de la sociedad mercantil demandada, estableció: 'Pues bien, adminiculadas las pruebas anteriormente valoradas, este Tribunal Superior debe señalar primeramente que conforme al contrato de obra analizado en extenso y la relación de intermediario y beneficiario existente entre las codemandadas, queda evidenciada claramente la responsabilidad solidaria y siendo ello así, ambas responden solidariamente de las indemnizaciones derivadas del infortunio laboral sufrido por el trabajador fallecido.'
Dispositiva
1) INADMISIBLE la solicitud de adhesión al recurso de casación anunciado por el codemandado Mario Calderón; 2) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la codemandada sociedad mercantil Alfarería Milenium, C.A., contra el fallo proferido por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en fecha 23 de marzo de 2009; 3) CONFIRMA el fallo recurrido.
Palabras clave
ilogicidadrelación laboraltrabajador eventualresponsabilidadLey Orgánica de Prevención