Sentencia N° 1446 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de octubre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1446, Exp. 13-786, 15/10/2014
Expediente13-786
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-10-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de octubre de 2014, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, GEOSERVICES, S.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Estado Zulia, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de la ciudadana YEMILIS CAROLINA MARTÍNEZ. La Sala concluyó que las funciones desempeñadas por la actora no se enmarcaban dentro de la tipología de trabajador de confianza, por lo que debía ser beneficiaria de la convención colectiva de trabajo aplicable a la industria petrolera.
Extracto de la motiva
El vicio de contradicción en la motivación se patentiza cuando la decisión recogida en el fallo y los argumentos manejados por el juzgador en la fundamentación fáctica y jurídica son tan incompatibles entre sí que se desvirtúan, se desnaturalizan o se destruyen en igual intensidad y fuerza, lo que produce una decisión carente de sustento y, por ende, nula. En el caso concreto, el Tribunal de alzada concluyó que las funciones realizadas por la parte actora no se enmarcaban dentro de la tipología de cargo a que hace referencia el artículo 45 de la Ley Orgánica del Trabajo, por lo que estaba amparada por la convención colectiva de trabajo que rige para la industria petrolera aplicable a la empresa demandada. La Sala destacó que la demandante no ocupaba un cargo de dirección ni de confianza, y que sus labores eran asimilables a las de un operario, lo que justificaba su derecho a los beneficios económicos y sociales establecidos en la convención colectiva.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 8 de mayo de 2013. En consecuencia, confirma el fallo recurrido que declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.
Palabras clave
casaciónlaboralconvención colectivatrabajador de confianza