Sentencia N° 1446 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de noviembre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1446, Exp. 04-754, 22/11/2004
Expediente04-754
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-11-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por Nestor Luis Marcano Gotto contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo que había confirmado la decisión de primera instancia. La Sala analizó las denuncias presentadas, relacionadas con la valoración de pruebas y la carga de la prueba en la relación laboral, concluyendo que no se demostraron los extremos necesarios para aplicar la presunción de laboralidad. Además, se abordaron errores materiales en la apreciación de testimonios y documentos, considerándolos irrelevantes para la decisión final.
Extracto de la motiva
La Sala observa: La recurrida consideró y estableció que no había razón alguna para entender o suponer que la demandada tuviese en su poder los instrumentos originales del caso, pues apreció que los mismos no aparecían como emanados de esa parte y que no existían otros elementos constitutivos de la presunción grave de su tenencia; en lo cual procedió ajustada a derecho, pues la presencia de esos elementos es indispensable para aplicar la consecuencia de otorgar valor probatorio a las copias en ausencia no justificada de exhibición de los originales. Es improcedente en consecuencia, esta denuncia, y así se declara. La Sala observa: Las relaciones mercantiles en que se involucre quien alega tener a la vez la condición de trabajador subordinado, pueden o no ser suficientes para descartar esa naturaleza laboral que se pretende. En el caso concreto, la recurrida consideró plenamente demostradas con entidad suficiente para excluir la relación de trabajo, una serie de actividades mercantiles llevadas a cabo por el actor en su carácter de propietario y administrador de las Sociedades Anónimas Industrias Frappy, C.A. e Interamericana de Alimentos, C.A., empresas que mantuvieron importantes reclamos judiciales contra la demandada con ocasión de operaciones comerciales de compra-venta y suministros. No se trata, pues, de que la recurrida haya desechado la condición laboral alegada por el mero hecho de existir esas otras relaciones comerciales, sino de que, a éstas últimas, les atribuyó el carácter excluyente mencionado, lo cual es sin duda razón relevante para fundamentar la decisión y para declarar sin lugar la denuncia, como en efecto se la declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala de Casación Social (Accidental) del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el presente recurso de casación. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena al recurrente en las costas del recurso. Regístrese y publíquese. Remítase a la Coordinadora Judicial del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Particípese al Juzgado Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestacionesrelación laboralvalor probatoriopresunción de laboralidaderror materialdenuncia de casaciónLey Orgánica Procesal del TrabajoCódigo de Procedimiento Civil