Sentencia N° 144 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0144, Exp. 13-1506, 19/02/2014
Expediente13-1506
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-02-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, GLORIA ESTELA TOBÓN MESA, contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Táchira. La Sala consideró que la decisión recurrida no vulneró normas de orden público que transgredirían el Estado de Derecho, por lo que no era necesario ejercer el control de la legalidad de la sentencia impugnada.
Se argumentó que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza a las normas de orden público son de tal entidad que alteran la legalidad del proceso. En este caso, la parte actora alegó violaciones al derecho a la defensa y a la valoración de pruebas, pero la Sala concluyó que no se evidenció tal vulneración.
Finalmente, se declaró inadmisible el recurso, sin condenatoria en costas, y se ordenó el remitir el expediente al juzgado correspondiente para su continuación.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público…”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 23 de septiembre de 2013. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los fines de que sea enviado al Juzgado correspondiente.