Sentencia N° 1436 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de diciembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1436, Exp. 09-1198, 02/12/2010
Expediente09-1198
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-12-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de diciembre de 2010, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por América Rodríguez contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Carabobo. La decisión se fundamenta en que la sentencia impugnada se ajusta a derecho y no se evidencian violaciones a normas de orden público. La Sala analizó los argumentos presentados por la recurrente, pero concluyó que el control de la legalidad ejercido no se ajusta a los fines del recurso.
Extracto de la motiva
Como fundamento del presente recurso, alega quien recurre lo siguiente: 1°) La recurrida al ordenar en su DECISIÓN el pago de los intereses moratorios sólo respecto de la antigüedad acordada y no a todo su condenatoria se aparta de la doctrina de la Sala Social y se pone al margen de la Constitución Bolivariana de Venezuela. 2°) Al declarar sin lugar la sustitución del patrono alegada, consideración DE LA SUSTITUCIÓN DE PATRONO, la recurrida limita la prueba de la sustitución de patrono a la prueba documental dejando indefensa a la actora, porque asume una posición contraria (sic) la regla que la obligaba a buscar la verdad por todos los medios a su alcance, lo que implica analizar cualquier medio de prueba, y considera que la apreciación de la prueba debe hacerse conforme a una regla mixta, compuesta de la sana crítica y tarifada, criterio contrario a la Ley. De aceptarse esa tesis sería imposible para el trabajador probar la sustitución de patrono porque le crea una obligación ajena a la relación laboral ya que el patrono no necesita mostrarle al trabajador sus documentos constitutivos al darle trabajo. La recurrida exige la prueba documental para demostrar la sustitución de patrono y dentro de esa prueba los documentos, registros y actas de Asamblea de las empresas sustituidas, apoyándose en el DERECHO SOCIETARIO, al establecer; ‘(…) será la prueba documental la que permita identificar o no una sustitución patronal’. 3°) La recurrida incurre en falsa aplicación de la cláusula 72 y falta de aplicación de la 82 del Laudo Arbitral invocado, para establecer que el aumento de salario establecido en dicho laudo no es aplicable a la actora, discriminándola e interpretando la cláusula en sentido contrario a los intereses del trabajador.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la actora, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 11 de agosto de 2009. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de acreenciaslaudo arbitralsalariocontrol de legalidaddecisión judicial