Sentencia N° 1436 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1436, Exp. 08-1321, 01/10/2009
Expediente08-1321
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-10-01
DecisiónCON LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de un recurso de casación interpuesto por Perenco de Venezuela, S.A., anuló la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales presentada por Samuel Darío Rojas González. La Sala determinó que la sentencia recurrida incurrió en el vicio de incongruencia negativa al no pronunciarse sobre la falta de cualidad activa del demandante, quien había desistido de la acción contra uno de los litisconsortes necesarios, lo que afectó su legitimación para accionar contra los restantes codemandados.
Extracto de la motiva
La Sala sobre el particular observa: Quien recurre denuncia, que la sentencia recurrida incurrió en el vicio de incongruencia negativa, al no ajustarse a lo alegado y probado en autos y a las defensas o excepciones opuestas, pues no se pronunció acerca del alegato expuesto por la demandada en el escrito de contestación relativo a la falta de cualidad existente en el presente caso, a pesar de haber señalado -la recurrida- al folio 359 del expediente que “entre las defensas de PERENCO al contestar la demanda, se había opuesto la falta de cualidad activa del demandante por cuanto el mismo debió haber accionado en contra de todos los sujetos que integraban el litisconsorcio pasivo necesario”. Pues bien, de la revisión exhaustiva de la sentencia recurrida, ciertamente se observa que la misma incurrió en el vicio de incongruencia negativa, siendo dicho vicio determinante en el dispositivo del fallo. Es así, que al folio 359 del expediente se observa que, a pesar de que la sentencia de alzada señala, que efectivamente la empresa codemandada Perenco de Venezuela, S.A. había opuesto como defensa la falta de cualidad, sin embargo, no se pronunció sobre la procedencia o improcedencia de dicha defensa previa, por lo que sin lugar a dudas incurrió en el vicio delatado. Como, se indicó anteriormente, el vicio es determinante del dispositivo, pues como consecuencia de la omisión detectada, el sentenciador de alzada dejó de aplicar la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social incurriendo por consiguiente en la infracción del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara 1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte codemandada Perenco de Venezuela, S.A. contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo de fecha 03 de junio del año 2008, reproducida el día 10 del mismo mes y año. En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido; y se resuelve 2) SIN LUGAR la demanda incoada por Samuel Dario Rojas González contra Servicios Marítimos Especializados, C.A., (SERMARES) y Perenco de Venezuela, S.A.
Palabras clave
cobro de prestacionesincongruencia negativalitisconsorcio pasivofalta de cualidad activaresponsabilidad solidariaLey Orgánica del Trabajodemanda laboral