Sentencia N° 1428 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de septiembre de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1428, Exp. 08-1371, 25/09/2008
Expediente08-1371
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2008-09-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por el ciudadano José Gregorio Navarro Cánchica contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala argumentó que el recurso no cumplía con los requisitos necesarios, ya que no se evidenció la violación de normas de orden público ni la contravención a la jurisprudencia reiterada de la Sala.

Extracto de la motiva

En el caso concreto denuncia el recurrente que la recurrida violó normas de orden público, concretamente el artículo 3º de la Ley Orgánica del Trabajo; y, los artículos 3º, 103 y 5º de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, cuando analizó y valoró las pruebas aportadas al proceso. Señala que la recurrida consideró, erróneamente, que el actor devengó un salario fijo sin tomar en cuenta la confesión de la accionada, manifestada en la declaración de parte en la audiencia de juicio, según la cual el actor devengó un salario a comisión desde el inicio de la relación de trabajo, lo cual también se establece en el contrato de servicio de cobranza, en su cláusula tercera; así como, de las dos relaciones de pago de quincena, cuya exhibición fue solicitada. Asimismo alega que la Alzada violó una máxima de experiencia, al dar por cierto un criterio contrario al conocimiento común, manifestando que es común saber que, el cargo de cobrador se desempeña teniendo como retribución un pago de comisión por cobranza, que no fue acordado por la recurrida, al no apreciar las pruebas antes señaladas, lo cual perjudicó al actor, al condenar el pago de las diferencias de prestaciones sociales con base en el salario mínimo y no a comisión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia publicada el 25 de junio de 2008, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

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