Sentencia N° 1423 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de diciembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1423, Exp. 12-216, 11/12/2012
Expediente12-216
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-12-11
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Sexto Superior del Trabajo. La parte demandada argumentó que el fallo recurrido contradecía la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala. Sin embargo, tras analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, la Sala determinó que no existía violación de normas de orden público y declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En consecuencia, arguye la impugnante, se produjo un daño irreparable al patrimonio de su representada, al imponerse un pago de intereses moratorios sobre todos los conceptos laborales, cuando realmente, de conformidad con el criterio de la sentencia “José Surita contra Maldifassi & CIA C.A.”, los intereses moratorios se calculan sólo sobre la prestación de antigüedad. Causando, en consecuencia, un enriquecimiento sin causa a favor del accionante Jorge Palma en detrimento del patrimonio de la sociedad mercantil SEGEMA, C.A., lo cual –en su criterio– es ilegal.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 24 de enero de 2012, emanada del Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

control de la legalidadintereses moratoriosderechos laboralessentenciainadmision

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