Sentencia N° 1403 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de noviembre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1403, Exp. 04-783, 15/11/2004
Expediente04-783
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-11-15
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social aclara y amplía la sentencia N° 1122, dictada el 27 de septiembre de 2004, en la que se declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Alejandro González contra Cerámica Carabobo S.A.C.A. La aclaratoria se centra en la fecha final para el cálculo de intereses y la corrección monetaria de las sumas condenadas. La Sala determina que la corrección monetaria es procedente y ordena una experticia complementaria para ajustar el dictamen a los índices de precios al consumidor.
Extracto de la motiva
La Sala considera necesario emitir un pronunciamiento sobre este concepto, y en consecuencia, con base en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, la Sala procede a ampliar el fallo en los siguientes términos: Siendo procedente la corrección monetaria para preservar el valor de lo debido, se ordena una experticia complementaria del fallo que se verificará por el experto contable designado para realizar la experticia ordenada para calcular los intereses, quien a los fines del cálculo de la indexación, ajustará su dictamen a los índices de precios al consumidor para el Área Metropolitana de Caracas, conforme a los respectivos boletines emitidos por el Banco Central de Venezuela, desde la fecha de admisión de la demanda y hasta la fecha en la cual será pagado este concepto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, deja aclarada y ampliada la sentencia N° 1122, publicada en fecha 27 de septiembre de 2004 en los términos precedentes. Téngase la presente decisión como parte integrante de la sentencia ya publicada. Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente.