Sentencia N° 1401 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1401, Exp. 13-999, 17/12/2013
Expediente13-999
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-12-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de diciembre de 2013, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Tribunal Primero Superior del Trabajo de Cojedes. La parte recurrente alegó que la decisión impugnada carecía de motivación y contravenía principios procesales, pero la Sala concluyó que no se evidenció violación del orden público en la decisión recurrida.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, de conformidad con el artículo 165 eiusdem y el criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A.; y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad: En el caso sub examine, denuncia la recurrente que la decisión impugnada transgrede los artículos 159 y 160 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pues a su decir, dicha sentencia “carece de motivación cuando se limitó a declarar en base a (sic) la notoriedad judicial: que el despido fue injustificado, sin expresar en forma alguna como (sic) se arribó a tal conclusión, violentándose el principio de la legalidad y de la exhaustividad que deben resguardarse en todo fallo judicial, atentándose así contra la garantía constitucional de la tutela judicial efectiva”. Indica que en el fallo recurrido no se analizan los elementos o circunstancias que llevaron al Juez a declarar que el despido fue injustificado, o que hubo un retiro justificado.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de fecha 10 de junio de 2013. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

despidoinjustificadotutela judicialcarga probatoriainadmisibilidad

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