Sentencia N° 1398 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 1398, Exp. 15-1277, 16/12/2016
Expediente15-1277
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-12-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Hispana de Seguros, C.A., contra el fallo del Tribunal Primero Superior del Trabajo que había declarado con lugar la demanda de Reinaldo Antonio Zapata. La Sala establece que la acción de cobro de prestaciones sociales se encuentra prescrita, dado que el demandante no cumplió con los plazos establecidos para interrumpir la prescripción. Se anula el fallo recurrido y se declara sin lugar la demanda interpuesta por el actor.

Extracto de la motiva

Constituye criterio reiterado, que el recurso de casación persigue la nulidad del fallo dictado en contravención a la Ley. Sus efectos anulatorios ponen de manifiesto la importancia de este medio de impugnación, procedente por los supuestos contenidos en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido, requiere la formalización del recurso, señalar: 1) la indicación de los supuestos de casación contenidos en el artículo 168 eiusdem, 2) el señalamiento de los artículos que se consideren infringidos y 3) las razones o fundamentos que apoyan la denuncia, a fin de evidenciar en forma precisa dónde se encuentra el vicio. Del escrito recursivo, se desprende que la representación judicial de la sociedad mercantil Hispana de Seguros, C.A., cumplió parcialmente con la técnica indicada, toda vez que señaló las normas delatadas como infringidas, las razones en que fundamenta su denuncia y el vicio recurrible; empero, no indicó el numeral en el que está contenido el supuesto de casación delatado, en este caso, el numeral 2, del artículo 168, de la ley adjetiva laboral. Sin embargo, está Sala en aplicación de los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, procede al estudio de la denuncia, en el entendido de que el punto medular en sede casacional consiste en determinar la fecha de terminación del vínculo laboral y la procedencia de la defensa de prescripción de la acción.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil HISPANA DE SEGUROS, C.A., contra el fallo proferido por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en sentencia de fecha 28 de septiembre de 2015; SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido; TERCERO: CON LUGAR la defensa de prescripción de la acción; CUARTO: SIN LUGAR la demanda.

Palabras clave

prescripcióncobro de prestaciones socialesrelación laboral

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