Sentencia N° 1396 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de diciembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1396, Exp. 10-1091, 06/12/2012
Expediente10-1091
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-12-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. Se anula el fallo recurrido y se declara con lugar la demanda presentada por el ciudadano Carlos Gago Rodríguez, quien reclamaba diferencias salariales por concepto de días de descanso y feriados no pagados durante su relación laboral con la empresa demandada. La Sala establece que la sentencia recurrida incurrió en falta de motivación y en la incorrecta aplicación de normas laborales.

Extracto de la motiva

A los fines de justificar la actividad impugnatoria propuesta, en primer lugar señaló la recurrente como basamento de su propuesta de anulación de la sentencia recurrida, la incorrecta interpretación y aplicación del Artículo 216 de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto alegó que quedando plenamente probado en el proceso que el demandante devengó un salario variable, producto de la ponderación de comisiones, y quedando igualmente probado que el trabajador demandante nunca laboró en días domingos y/o feriados, la recurrida pretende dar por sentado que al demandante le ha de corresponder una contraprestación salarial adicional por éstos, ya cancelados dentro de los treinta días de salario promediados, acordándole beneficios adicionales no contemplados en la Ley Orgánica del Trabajo ni en el contrato suscrito entre las partes, vulnerando de esta forma la doctrina jurisprudencial de la Sala de Casación Social. En segundo lugar, delata el quebrantamiento del Artículo 159 Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 249 del Código de Procedimiento Civil, al padecer la recurrida de indeterminación objetiva. En tal sentido, alega quien recurre que éstas son normas de orden público, cuyo quebrantamiento no puede ser inadvertido, justamente porque la ley le dota de un carácter imperativo, esto es, de obligatorio acatamiento. Para ello, deja indicado que en el dispositivo del fallo se ordenó la indexación judicial pero olvidó el juez de alzada fijar desde cuándo se computará la misma, haciendo que los expertos trabajen sobre una base incierta, puesto que la sentencia no le indica ningún punto específico de donde partirá la indexación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión territorial Puerto Ordaz, de fecha 15 de julio de 2010; 2°) SE ANULA el fallo recurrido y; 3°) Se declara CON LUGAR la demanda.

Palabras clave

recurso de control de la legalidaddiferencias salarialesindexación judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca