Sentencia N° 1385 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 1385, Exp. 13-1338, 15/12/2016
Expediente13-1338
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-12-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de diciembre de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Glorien Alcira Aguilar Romagosa contra la sentencia del Juzgado Superior Noveno del Trabajo, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró sin lugar la demanda por diferencias de prestaciones sociales. La Sala concluyó que no se demostró que la actora recibiera un salario variable, ya que los incentivos pagados no correspondían a comisiones por ventas, sino a un incentivo salarial establecido por la empresa.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: Delata la formalizante la infracción por parte del juez superior de los artículos 141 y 146 de la Ley Orgánica del Trabajo (1997) por falta de aplicación. Explica que la recurrida declaró que mediante el pago de incentivos, la demandada reconocía parte de la labor que ejecutaba la accionante, en su condición de promotora de los productos de la entidad de trabajo, no obstante, el ad quem concluye que esa remuneración por el servicio prestado ‘no es un salario variable pues no está demostrado en autos que recibía comisiones por venta’, como si el salario variable comprendiera exclusivamente el pago de comisiones, con influencia en el dispositivo del fallo. Ha establecido la Sala, en reiteradas oportunidades, que la falta de aplicación de una norma, tiene lugar cuando el sentenciador niega empleo de una disposición legal que está vigente, a una determinada relación jurídica que está bajo su alcance. De igual modo ha sido criterio de la Sala que, al denunciarse una norma infringida por falta de aplicación, debe indicarse la parte relevante de la decisión, la mención de la norma que el juez no aplicó, la debida explicación del por qué es aplicable y cuál hubiese sido la decisión adoptada por el juez de haber utilizado el artículo en cuestión, además de las exposiciones que considere necesario realizar.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Especial Cuarta de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora ciudadana GLORIEN ALCIRA AGUILAR ROMAGOSA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Noveno del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, publicada el 2 de agosto de 2013. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la demandante, de conformidad con los artículos 61 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

prestaciones socialesrecurso de casaciónsalario variableincentivos salariales

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