Sentencia N° 1369 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de octubre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1369, Exp. 04-193, 29/10/2004
Expediente04-193
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2004-10-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada en un juicio de calificación de despido. La decisión de alzada había declarado parcialmente con lugar la apelación de la parte actora, ordenando el pago de intereses sobre salarios caídos, lo cual fue cuestionado por la parte demandada. La Sala concluyó que el pago de intereses no era procedente en este contexto, ya que los salarios caídos solo son exigibles tras la declaración de procedencia del despido y no antes.
Extracto de la motiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada. En consecuencia, se ANULA el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 22 de enero del año 2004. Por consiguiente, queda concluido el proceso con el pago efectuado por la empresa demandada de veintiséis millones novecientos sesenta y dos mil bolívares con 00/100 (Bs. 26.962.000,oo) por concepto de salarios caídos.
Dispositiva
PRIMERO Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el abogado Francisco Limonchy, apoderado de la ciudadana LIGIA JOSEFINA NAVEDA DE WEFFER, contra el auto de fecha 03 de noviembre de 2003, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción (sic) del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, antes identificado el cual se modifica. SEGUNDO: En consecuencia, se ordena practicar una nueva experticia que incluya el cálculo de los intereses sobre los salarios caídos, conforme a lo ordenado por la sentencia definitiva dictada por este Tribunal Superior, sin incluir la indexación salarial.
Palabras clave
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