Sentencia N° 1358 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1358, Exp. 11-344, 05/12/2012
Expediente11-344
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-12-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 5 de diciembre de 2012, declara terminado el procedimiento tras la homologación de una transacción entre el trabajador Ciro Ángel Ballesteros y la empresa Rider de Venezuela, C.A. La transacción fue firmada por ambas partes y homologada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Zulia. La Sala verifica que se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Trabajo y su reglamento.
La decisión implica la remisión del expediente al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Zulia para su archivo, asegurando que la transacción tenga validez y sea considerada como cosa juzgada. La Sala actúa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y garantizando el cumplimiento de la ley en el ámbito laboral.
Finalmente, se ordena la publicación y registro de la decisión, así como la participación del contenido del auto al tribunal de origen, asegurando la correcta distribución del expediente en el circuito judicial correspondiente.
Extracto de la motiva
En virtud del convenio suscrito y consignado en autos y, luego de verificar que el mismo fue homologado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Zulia, verificando los extremos establecidos en el artículo 3° de la Ley Orgánica de Trabajo y los artículos 9° y 10 de su Reglamento, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara terminado el procedimiento y ordena la remisión del expediente al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia para el correspondiente archivo.
Dispositiva
Declara terminado el procedimiento y ordena la remisión del expediente al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia para el correspondiente archivo.