Sentencia N° 1353 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1353, Exp. 09-425, 11/08/2009
Expediente09-425
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2009-08-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por Jhoanny Elizabeth Vásquez Bello contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Nueva Esparta. La decisión de la sala se basa en que la sentencia impugnada se encuentra ajustada a derecho y no se evidencian violaciones a normas de orden público ni a la doctrina jurisprudencial de la Sala. Se destaca que el recurso no se ajusta a los fines establecidos para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o resulten contrarias a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En tal sentido, es forzoso concluir que las disposiciones conculcadas de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, son: Artículo 1°, toda vez que no se está garantizando con dicha decisión la protección de los derechos del trabajador en los términos previstos en la Constitución y en la Ley. Se está violentando el artículo 2, ya que no se están tomando en cuenta en su totalidad, los principios orientadores que deben regir la actuación de los jueces para la resolución de casos concretos, en especial, los principios antes mencionados, PRIMACIA DE LA REALIDAD DE LOS HECHOS SOBRE LAS FORMAS O APARIENCIAS, IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES, BREVEDAD, CELERIDAD, INMEDIATEZ Y CONCENTRACIÓN.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 9 de marzo de 2009. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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