Sentencia N° 1341 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1341, Exp. 13-1109, 16/12/2013
Expediente13-1109
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónADMITE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronuncia sobre la admisibilidad de un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, Pdvsa Petróleo, S.A., contra una sentencia que declaró sin lugar la apelación de la codemandada. La Sala considera que el recurso no ha sido interpuesto maliciosamente y que existen motivos racionales para su interposición, por lo que se admite el recurso conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En el caso concreto, denuncia el recurrente que la recurrida violó normas de orden público procesal, concretamente, los artículos 54, 56 y 57 de la Ley Orgánica del Trabajo, al establecer que la sociedad mercantil Pdvsa, Petróleo S.A., es solidariamente responsable con la demandada principal, sin haber analizado las pruebas, ni verificado que se hayan cumplido los elementos concurrentes para que proceda la solidaridad, pues, sólo se limitó a confirmar la sentencia del juzgado a quo sin que se haya demostrado que Pdvsa Petróleo, S.A., tenga o haya tenido alguna relación comercial íntima con la demandada principal, Inversiones Alstel Asociados, C.A., o que las actividades de ésta tengan conexidad con las de aquella, elementos que resultan necesarios para que opere la solidaridad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 7 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. En consecuencia, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

cobroprestacionestrabajosolidaridadorden públicorecursos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca