Sentencia N° 134 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de marzo de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0134, Exp. 10-1406, 06/03/2012
Expediente10-1406
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-03-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando la sentencia del Juzgado Superior Séptimo del Trabajo que había declarado con lugar el recurso de apelación de la demandante. La Sala consideró que existía un vínculo laboral entre la demandante y la demandada, a pesar de las alegaciones de la parte demandada sobre la naturaleza comercial de la relación. Se determinó que la demandante había prestado servicios durante un periodo de tiempo significativo y que la presunción de laboralidad no fue desvirtuada por la parte demandada.
Extracto de la motiva
El vicio de inmotivación por silencio de pruebas implica que el Juez haya omitido cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes, y cuando a pesar de haberse mencionado su promoción y evacuación, el juez se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere a la misma o las razones para desestimarla, siendo tal omisión determinante en el dispositivo del fallo (vgr. Sentencia Nº 2162 del 25 de octubre de 2007, caso: Juana Tibisay Sandoval Sifontes, contra Hornos Eléctricos De Venezuela, S.A.). En la presente delación, se observa que el formalizante denuncia el vicio de inmotivación por silencio de pruebas sobre las resultas de las pruebas de informes requeridas al Banco de Venezuela (folio 88, de la pieza principal) y a Corp Banca (folio 105 de la pieza principal). Al respecto la alzada señaló que en las mismas consta “que la actora no se encuentra registrada en el sistema” y que “la actora no posee cuentas nóminas en dicha institución financiera”, sin embargo, omitió señalar qué valoración le merecía, lo que efectivamente configura el vicio denunciado. No obstante lo anterior, debe ponderarse la entidad del vicio comprobado y su incidencia en el dispositivo del fallo.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Consolidada de Ferrys, C.A., (CONFERRY), contra la sentencia publicada en fecha 14 de octubre de 2010 por el Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; 2) CONFIRMA la sentencia recurrida. Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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