Sentencia N° 1335 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1335, Exp. 09-931, 11/08/2009
Expediente09-931
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-08-11
DecisiónAdmite

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, admite el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de Sucre. La decisión se basa en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, considerando que el recurso no fue interpuesto maliciosamente y que existen motivos racionales para su admisibilidad. Se ordena seguir el procedimiento correspondiente para la sustanciación del recurso.

Extracto de la motiva

Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. En consecuencia, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos para la admisibilidad del recurso de control de la legalidad, pasa esta Sala de Casación Social, a analizar el presente asunto en los siguientes términos: En el caso bajo estudio, alega la parte codemandada recurrente que la sentencia impugnada incurre en una flagrante indeterminación objetiva, en virtud a que en el dispositivo del fallo no puede deducirse, en forma alguna, el monto condenado a pagar. Explica que el dispositivo del fallo recurrido, puede leerse que “SE CONDENA A LA CODEMANDADA ciudadano Orlando Tarrazi, a cancelar a la parte actora las prestaciones sociales y demás beneficios laborales derivados de la relación de trabajo, de conformidad con la Convención Colectiva de la Construcción, lo cual se calculará mediante una Experticia Complementaria del Fallo”, de lo cual se evidencia que la Alzada prácticamente absolvió la instancia, delegando en el experto la determinación de lo condenado y dejando a su libre arbitrio la interpretación de las cláusulas de Reunión Normativa Laboral antes referida, así como la determinación del salario básico, normal e integral a ser utilizado, en franca violación de la doctrina pacífica y reiterada de esta Sala de Casación Social, tales como las sentencias Nros 155 del 1° de junio de 2000 y 51 del 22 marzo de 2001.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 25 de mayo de 2009, emanada del Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

recursocontrol de la legalidadsentenciaprestaciones socialesdoctrina jurisprudencialLey Orgánica del Trabajoconvención colectivaindeterminación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca