Sentencia N° 1312 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de diciembre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 1312, Exp. 15-1305, 09/12/2016
Expediente15-1305
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-12-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de diciembre de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la demandante, quien reclamaba diferencias salariales basadas en el principio de 'igual salario por igual trabajo'. La Sala argumentó que la parte actora no logró demostrar ser más eficiente que la trabajadora cuyo salario se pretendía homologar, lo que es un requisito esencial para aplicar dicho principio. Además, se destacó que la jueza de alzada no incurrió en vicios de inmotivación ni de incongruencia negativa, ya que su decisión se basó en la falta de pruebas suficientes que justificaran la reclamación de diferencias salariales.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la jueza de alzada estableció que no le es aplicable a la actora el artículo 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto no logró demostrar ser más eficiente y productiva que la otra trabajadora de la empresa demandada y cuyo salario se pretende homologar, toda vez que al ser concurrentes los tres elementos del principio 'de igual salario por igual trabajo' -desempeño de un mismo puesto de trabajo, una misma jornada de trabajo e iguales condiciones de eficiencia- no es posible condenar las diferencias salariales solicitadas y como consecuencia de ello negó las diferencias por prestación de antigüedad, vacaciones, bono vacacional, aguinaldos, prima por antigüedad e indemnización del artículo 93 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, en tal sentido mal podría la sentenciadora de alzada incurrir en el vicio de inmotivación por silencio de pruebas, toda vez que al desechar la petición de las mencionadas diferencia salariales -desde el 11 de marzo de 2001 hasta el 2 de mayo de 2013- la recurrida no desciende al mérito de la controversia, ni al análisis de las pruebas aportadas en el proceso por las partes, a los fines de determinar la procedencia o no en derecho de los otros conceptos laborales demandados, razón por la cual no prospera la presente delación. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 9 de octubre de 2015. SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

diferencias salarialesigual salario igual trabajoinmovilizaciónincongruencia negativa

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