Sentencia N° 1311 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1311, Exp. 12-1172, 22/11/2012
Expediente12-1172
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-11-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 22 de noviembre de 2012, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, HOTEL TABURIENTE, S.R.L., contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Lara. La parte demandante, MARIA SANDRIA AZZAN TORRES, había obtenido una decisión favorable en primera instancia, la cual fue confirmada por el tribunal superior. La Sala analizó los argumentos de la parte demandada, que alegaba violaciones a normas de carga de la prueba y a la condición de trabajadora de dirección de la actora, pero concluyó que no se evidenció violación alguna de normas de orden público.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos sub iudice, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: Denuncia la impugnante que la sentencia recurrida viola los principios de orden público relativos a la carga de la prueba establecidos en los artículos 72 y 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como la aplicación falsa del artículo 77 de la hoy derogada Ley Orgánica del Trabajo y del artículo 42 eiusdem.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 4 de julio de 2012. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de acreenciascontrol de legalidadtrabajosentenciainadmision