Sentencia N° 1293 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de noviembre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1293, Exp. 11-1095, 23/11/2011
Expediente11-1095
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-11-23
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La decisión se basa en el análisis de los argumentos presentados por el recurrente, quienes alegaron infracciones a normas de orden público y errores en la valoración de pruebas por parte del juez de alzada. Sin embargo, el Tribunal concluye que la decisión impugnada se encuentra ajustada a derecho.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación de la sentencia in extenso, conteste con el artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados ut supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y a tal efecto observa: En el presente caso, delata el impugnante que el Juzgado Superior infringe el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto, el ad quem, luego de establecer los antecedentes del caso y lo que consideraba el objeto de la apelación ejercida por la parte demandada, paso a reexaminar toda la causa sin haber declarado la nulidad de la sentencia recurrida y, es de esta forma como pasa al establecimiento de los hechos y las pruebas, sin haber advertido una razón de nulidad que se lo permitiera; de tal manera revoca la decisión dictada por el tribunal de instancia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 12 de julio de 2011, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
relacion laboralprincipios laboralescarga de la pruebajurisprudenciain dubio pro operarioprescripcionterritorialidad