Sentencia N° 1287 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1287, Exp. 05-879, 11/10/2005
Expediente05-879
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-10-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de octubre de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por las demandadas contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La decisión se basa en la falta de constatación de las infracciones alegadas por la parte recurrente, quienes denunciaron violaciones a normas constitucionales y legales en la sentencia recurrida. La Sala enfatiza que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y que debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, denuncia la parte demandada recurrente la violación por parte de la recurrida del artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 3 del Código Civil, al decidir en base a una doctrina de esta Sala que no estaba vigente para la fecha en que se contestó la demanda, por lo que su aplicación retroactiva infringe por una parte las normas antes señaladas y, por la otra, el artículo 335 del texto Constitucional, al no acatar el carácter vinculante de las decisiones de la Sala Constitucional. Por otra parte, continúan alegando los recurrentes que en la sentencia recurrida, aun cuando el demandante no probó la procedencia de sus pedimentos, se declaró con lugar la demanda, así como la confesión ficta de la demandada, cuando le correspondía al demandante, según reiterada jurisprudencia demostrar sus aseveraciones. A tal efecto, denuncian la contravención de la reiterada doctrina jurisprudencial en relación a la distribución de la carga de la prueba, infringiendo en consecuencia los artículos 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, así como el artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y los artículos 1.354 del Código Civil y 506 del Código de Procedimiento Civil. También señalan los impugnantes que la Alzada infringe las garantías constitucionales consagradas en los artículos 49 y 257 de la Constitución, al no oír los alegatos de las partes, respecto a la violación de la jurisprudencia relativa a la distribución de la carga de la prueba del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo. Finalmente, denuncian la violación de los artículos 198, 327, 328 y 330 de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto la Alzada le aplica al demandante el régimen ordinario de trabajo, cuando se trataba de un trabajador que no estaba sometido al mismo, sino a un régimen especial de trabajo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por las partes demandadas contra la sentencia de fecha 27 de abril de 2005, emanada del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialescontrol de la legalidadinadmisionjurisprudenciacarga de la pruebaderechos laboralesconstitucionalidad

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