Sentencia N° 1286 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de diciembre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 1286, Exp. 15-1046, 08/12/2016
Expediente15-1046
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-12-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió en fecha 8 de diciembre de 2016, declarar SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando el fallo del Juzgado Quinto Superior del Trabajo que había declarado con lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales. La decisión se fundamenta en la falta de congruencia en la sentencia apelada y en la valoración de las pruebas presentadas por la parte demandada, que no lograron desvirtuar los alegatos del demandante sobre el pago del 10% del consumo como parte de su salario variable.

Extracto de la motiva

La Ley Orgánica Procesal del Trabajo no prevé específicamente como motivo de casación el vicio de incongruencia, no obstante, esta Sala en sentencia N° 572 de fecha 4 de abril de 2006, reiterada en sentencia N° 870 de fecha 19 de mayo de 2006, acogió el criterio establecido por la Sala Constitucional de este alto Tribunal en sentencia N° 3.706 de fecha 6 de diciembre de 2005, en el cual se sostuvo que cuando se considere que el fallo recurrido no es congruente con las alegaciones y defensas expuestas por el demandante y el demandado, en violación de uno de los requisitos de la sentencia, el recurrente puede fundamentar el recurso de casación por defecto de forma, en atención al numeral 3 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al incurrir el tribunal de alzada en el vicio de incongruencia, aplicando de manera supletoria, los artículos 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada CERVECERÍA ALCABALA, S.R.L., contra el fallo dictado en fecha 26 de junio de 2015, por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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