Sentencia N° 1285 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 1285, Exp. 15-1112, 16/12/2015
Expediente15-1112
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-12-16
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La decisión se basa en que, conforme a la Ley Orgánica del Trabajo, los fallos de segunda instancia son irrecurribles, lo que implica que la sentencia impugnada tiene carácter de cosa juzgada material. La Sala reafirma que el recurso de control de la legalidad no es procedente en este contexto, dado que la normativa vigente establece la firmeza de las decisiones de alzada en materia de estabilidad laboral.
Extracto de la motiva
Conforme al criterio jurisprudencial supra transcrito, debe indicarse que la sentencia impugnada mediante el recurso de control de la legalidad, fue publicada el 9 de diciembre de 2014, bajo la vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.076 Extraordinario del 7 de mayo de 2012, cuyo artículo 88 confiere carácter de cosa juzgada material a la decisión contra la cual se interpone el recurso que nos ocupa, siendo consecuencia de ello, que sea declarado inadmisible dicho mecanismo procesal de impugnación. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 9 de diciembre de 2014, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
Palabras clave
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