Sentencia N° 1284 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1284, Exp. 12-1271, 21/11/2012
Expediente12-1271
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2012-11-21
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por los demandantes en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral, por lo que no era necesario conocer el recurso. Se declaró inadmisible el recurso propuesto por la representación judicial de los demandantes contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Carabobo.
Extracto de la motiva
Al respecto, esta Sala de Casación Social ha señalado según sentencia de fecha 20 de febrero del año 2003 que al ser el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación excepcional, a los fines de asegurar su admisibilidad, debe cumplirse con las exigencias antes transcritas, las cuales son: 1.- Que se trate de sentencias emanadas de Juzgados Superiores laborales; 2.- Que no sean impugnables en casación; y 3.- Que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público. Además de ello para su admisibilidad se requiere verificar: 1.- La oportunidad para su interposición, es decir, que sea solicitado el recurso de control de la legalidad dentro de un lapso preclusivo de cinco (5) días, contado por días de despacho, siguientes a la fecha en que sea dictada la sentencia sujeta a revisión; y 2.- La extensión del escrito, es decir, que no exceda de tres (3) folios útiles y sus vueltos.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de los demandantes ANNER JESÚS BRAVO LINARES, EDGAR ANTONIO HEREDIA CASTILLO, KEITER ANTONIO BECERRA CARMONA y BORIS ALEXANDER CARRILLO MONTES, contra la sentencia de fecha 20 de julio del año 2012, dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia.
Palabras clave
control de la legalidadprescripciónnotificacionessentenciatrabajojurisdicción