Sentencia N° 1269 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de octubre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1269, Exp. 04-483, 07/10/2004
Expediente04-483
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2004-10-07
DecisiónADMITE
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Juan de Dios Mendoza contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Yaracuy. La Sala constató que el recurso fue presentado dentro del plazo legal y cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se admitió el recurso en cuanto a la denuncia de infracciones a los artículos 125 y 126 de la Ley Orgánica del Trabajo y se ordenó seguir el procedimiento correspondiente.
Extracto de la motiva
En el presente caso, alega la parte recurrente en primer lugar, la infracción por la recurrida de los artículos 397 y 607 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto a su decir, el sentenciador silenció la confesión ficta en que incurrió la demandada, al no rechazar los alegatos y probanzas promovidas conforme al artículo 607 ejusdem, lo cual luego de la revisión de la recurrida no fue constatado por esta Sala. Por otra parte, delata el recurrente la infracción del numeral 5° del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto no podía la recurrida ordenar la experticia de los salarios caídos con exclusión de lapsos por disposición taxativa del fallo definitivamente firme, lo cual tampoco fue constatado por esta Sala. Finalmente delata el recurrente la infracción por la recurrida de los artículo 125 y 126 de la Ley Orgánica del Trabajo, y de la jurisprudencia de este alto Tribunal contenidas en los fallos dictados por esta Sala de Casación Social, bajo los números 315 y 174 de fechas 20-11-2001 y 13-03-2002, referidos a la corrección monetaria o indexación judicial de los montos o conceptos entendidos como prestaciones sociales y no de los salarios caídos como fue ordenado por la sentencia recurrida.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 05 de abril del año 2004 emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En consecuencia, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.
Palabras clave
control de la legalidaddespidoadmisibilidadjurisprudenciaLey Orgánica del TrabajoCódigo de Procedimiento Civilsalarios caídosprestaciones sociales