Sentencia N° 1268 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de julio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1268, Exp. 08-872, 31/07/2008
Expediente08-872
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2008-07-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 31 de julio de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Tribunal Superior Primero del Trabajo. La Sala analizó los alegatos del recurrente y determinó que no existían violaciones al orden público laboral ni a la jurisprudencia reiterada que justificaran la admisibilidad del recurso. Se destacó que el recurso fue presentado fuera de los plazos establecidos y que no se cumplían los requisitos de admisibilidad.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de manera taxativa, consagra los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario de control de la legalidad, los cuales deben ser verificados para la procedencia del mismo. En tal sentido, la Sala verificará que la sentencia contra la cual se recurre: 1) provenga de un Tribunal Superior; 2) que no sea recurrible en casación; 3) que el escrito de solicitud se haga ante el Tribunal Superior correspondiente, en un escrito que no deberá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos; 4) que dicha sentencia violente o amenace violentar las normas de orden público o que sea contraria a la reiterada jurisprudencia de esta Sala de Casación Social y; 5) que el recurso sea solicitado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo en cuestión. En el caso objeto de estudio, delata el solicitante que la Alzada vulneró normas de orden público y doctrina jurisprudencial de este Alto Tribunal, que violentaron su derecho a la defensa y al debido proceso. En concreto, expone el recurrente que la Alzada quebrantó los artículos 7 y 208 del Código de Procedimiento Civil, artículos 49, 257 y 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y sentencias proferidas por la Sala de Casación Civil, en cuanto a la competencia y la cosa juzgada, considerando que tanto la Juez de Primera Instancia como la Alzada, invadieron la competencia del órgano contencioso administrativo, al ordenar el pago de los salarios caídos como consecuencia de un supuesto despido, y las indemnizaciones del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, como si el procedimiento se tratara de la ejecución de la providencia administrativa.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad propuesto por la parte demandada contra la decisión proferida por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, en fecha 28 de febrero de 2008. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Palabras clave
control de la legalidadinadmisibilidadderecho a la defensadebido procesojurisprudenciaorden público laboralCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica Procesal del Trabajo