Sentencia N° 1265 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1265, Exp. 10-695, 15/11/2012
Expediente10-695
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-11-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra el fallo del Juzgado Noveno Superior del Trabajo. La Sala analizó las denuncias de falta de aplicación de normas laborales y concluyó que no se evidenciaban signos de subordinación en la relación entre los demandantes y los propietarios de los vehículos, lo que llevó a confirmar la decisión de la Alzada. Se destacó que la relación no era laboral, ya que los demandantes prestaban servicios como 'avances' y no existía un vínculo de subordinación.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la parte recurrente denuncia la falta de aplicación del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, señalando que la recurrida tomó en cuenta el cálculo de salario integral, lo cual era una mera expectativa en el juicio. Sin embargo, la Sala concluye que el Juez de la recurrida no incurrió en el denunciado vicio de falta de aplicación, ya que al decidir declaró sin lugar la demanda, sustentado en la inexistencia de todos los elementos para catalogar a la relación como laboral. En consecuencia, se desestima la denuncia formulada bajo el sustento del error de interpretación del artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, y por vía refleja, improcedentes las delaciones hechas por violación del artículo 60 eiusdem, y del artículo 9, literal d) de su Reglamento.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandante, contra el fallo emitido por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de abril de 2010, en consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida.
Palabras clave
relación laboralcasación socialprestaciones sociales