Sentencia N° 1264 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de diciembre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 1264, Exp. 16-774, 07/12/2016
Expediente16-774
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-12-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. Los recurrentes alegaron violaciones a normas de orden público en la aplicación de convenciones colectivas. Sin embargo, la Sala determinó que la decisión impugnada se ajustaba a derecho y no evidenció violaciones a normas de orden público, declarando así inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
En el caso sub examine, se observa que la parte demandante interpuso recurso de control de la legalidad de manera tempestiva, en el cual denuncia lo siguiente: Que “la juzgadora incurre en la violación de normas de orden publico contenidas en los artículos 5, 9, 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 18 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras. En el presente caso, la Juez Superior ante una evidente contradicción, luego de haber decidido en la sentencia que si debe aplicarse la convención colectiva PDVSA 2013-1015, vigente para la fecha de terminación de la relación laboral (octubre-2016) (sic) entre mis representados y la empresa demandada; posteriormente se contradice al expresar que dicho tribunal tiene información que la convención colectiva PDVSA 2007-2009 es la que está vigente para esa fecha, violentando de esta manera el artículo 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. De igual forma el recurrente denuncia que ante la evidente contradicción de dos instrumentos normativos la juez no aplicó el más favorable a los trabajadores, o sea la convección colectiva PDVSA 2013-2015, sino que aplicó 2007-2009, en el cálculo que hace dicho tribunal para verificar si el pago realizado por la empresa a cada uno de los actores se ajusta a la realidad, ya que a su decir desmejoró los derechos y beneficios de los trabajadores; violentando de esta manera los artículos 9 y 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como el artículo 18 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos CARLOS HENRÍQUEZ, MANUEL RUSSIÁN, PEDRO GÓMEZ, MANUEL CAMPOS y JESÚS PACHECO en contra de la sentencia publicada en fecha 16 de junio de 2016, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.