Sentencia N° 1260 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de julio de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1260, Exp. 08-217, 31/07/2008
Expediente08-217
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-07-31
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 31 de julio de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Jesús Ramón González Gamboa contra la sentencia del Tribunal Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. La Sala argumentó que no se constataron las violaciones de orden público que se le imputaban a la decisión de alzada, la cual había declarado sin lugar la apelación interpuesta por el actor en relación a su despido.

Extracto de la motiva

La Sala verificará que la sentencia contra la cual se recurre: 1) provenga de un Tribunal Superior; 2) que no sea recurrible en casación; 3) que el escrito de solicitud se haga ante el Tribunal Superior correspondiente, en un escrito que no deberá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos; 4) que dicha sentencia violente o amenace violentar las normas de orden público o que sea contraria a la reiterada jurisprudencia de esta Sala de Casación Social y; 5) que el recurso sea solicitado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo en cuestión. En tal sentido, la Sala de Casación Social debe restringir, de conformidad con la potestad discrecional que le otorga el artículo 178 de la Ley Adjetiva Laboral, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretendan violaciones o amenazas al derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o normas adjetivas que menoscaben el derecho a la defensa y al debido proceso, así como también a la jurisprudencia reiterada de ésta Sala.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora, contra la decisión proferida por el Tribunal Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 18 de octubre de 2007. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.

Palabras clave

control de la legalidaddespidoinadmisionderecho laboraljurisprudenciarecurso extraordinarioorden público

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