Sentencia N° 1255 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de junio de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1255, Exp. 11-829, 16/11/2011
Expediente11-829
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-06-16
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Quinto Superior del Trabajo. La decisión se basa en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley, ya que no se evidencian violaciones a normas de orden público en la sentencia impugnada. Se destaca que la parte recurrente no cumplió con los requisitos técnicos y formales necesarios para la admisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
El Artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación de la sentencia in extenso, conteste con el Artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social, a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Debe indicarse en primer término, que en el presente caso, la recurrente delató la falta de exhaustividad en la actividad sentenciadora, y en razón de ello, reproduce todos los alegatos expuestos en la audiencia de apelación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 12 de mayo de 2011, emanada del Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la actual decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes identificado, en conformidad con lo establecido en el Artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.