Sentencia N° 1252 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1252, Exp. 09-279, 09/11/2010
Expediente09-279
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-11-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Raúl Isaac Peña Corrales contra la sentencia del Juzgado Noveno Superior del Trabajo. La controversia se centra en la aplicación de la cláusula 51 de la Convención Colectiva, que establece una bonificación para trabajadores pensionados por vejez, y si esta se aplica al demandante, quien fue pensionado por invalidez. El Tribunal concluye que la cláusula se aplicó correctamente al demandante, quien no cumplía con los requisitos para el pago doble de la prestación por antigüedad, ya que no fue pensionado por vejez.
Extracto de la motiva
Con fundamento en el artículo 168, numeral 2º, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se denuncia la infracción, por la recurrida, de los artículos 59, 60, 398, 508 de la Ley Orgánica del Trabajo; 9 del Reglamento de la citada Ley; 5 y 9 de la mencionada ley adjetiva laboral; así como los principios de favor, integridad e irrenunciabilidad establecidos en el artículo 89 de la Constitución y, por último, la violación de la cláusula 51 de la Convención Colectiva de trabajo que regula a las partes, todos por falta de aplicación. Aduce el formalizante: Conforme a lo previsto en el numeral 2° del Artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, denuncio como infringidos, por falta de aplicación de: los Artículos 59, 60, 398, 508 de la Ley Orgánica del Trabajo y Artículo 9.a) de su Reglamento, igualmente los Artículos 5 y 9 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; así como los principios de favor, integridad e irrenunciabilidad establecidos en el Artículo 89 de la Constitución Nacional. Las normas delatadas en su mayoría, concernientes a la aplicación de la Convención Colectiva de Trabajo que ha regulado a las partes, adoptables con preeminencia sobre otras normas. En nuestro caso específico se delata la infracción de la Cláusula 51 del Contrato Colectivo de Trabajo, vulnerada por su falta de aplicación íntegra, la cual fue considerada parcialmente por el sentenciador en la recurrida, cuando al dilucidar el punto esencial de la controversia, en vez de aplicar dicha norma contractual de manera integral, contrariamente la fraccionó, apoyándose para tal fin, en una evaluación administrativa efectuada por un órgano de la administración pública.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte actora contra la sentencia de fecha 19 de noviembre del año 2008 emanada del Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No procede la condenatoria en costas del recurso a la parte actora recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior antes mencionado.
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