Sentencia N° 1251 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1251, Exp. 14-688, 12/08/2014
Expediente14-688
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala determinó que no se incurrió en violaciones a las normas denunciadas que transgredirían el Estado de Derecho, ya que la Alzada decidió conforme a los alegatos y pruebas presentadas en el caso. Se destacó que la recurrida no desarrolló adecuadamente los motivos por los cuales consideró probado un salario variable, lo que llevó a la conclusión de que no había lugar a la admisión del recurso.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social en decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, caso: Antonio del Valle Lira Médez contra Baker Hughes. S.R.L., expresó que corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza es de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho. En el caso sub examine se alega que la recurrida violó la doctrina establecida por esta Sala en sentencia N° 85 de 17 de mayo de 2001, caso: Ramón Enrique Aguilar Mendoza contra Boehringer Ingelheim, C.A., referida al salario a destajo, toda vez que la Alzada estableció que era carga de la empresa demandada probar el salario que percibía el trabajador. Al respecto, señala que la demandada afirmó que los salarios devengados por el trabajador se evidenciaban de los recibos de pago por conceptos de vacaciones, utilidades, adelanto de prestaciones sociales, los cuales fueron promovidos como medios probatorios, siendo admitidos y valorados por el sentenciador.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia publicada el 3 de abril de 2014 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.