Sentencia N° 1249 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1249, Exp. 08-473, 03/08/2009
Expediente08-473
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-08-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, anulando el fallo recurrido del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. La Sala determina que el juzgador de alzada no se pronunció sobre la corrección monetaria y el retiro justificado solicitado por la demandante, lo que constituye un vicio de incongruencia. Se ordena el pago de las prestaciones sociales adeudadas a la demandante, así como la corrección monetaria desde el decreto de ejecución hasta su materialización.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 31 de enero del año 2008, no se pronunció al respecto. En caso de que el demandado no cumpliere voluntariamente con la sentencia, procederá al pago de intereses de mora sobre las cantidades condenadas, las cuales serán calculadas a la tasa de mercado vigente, establecida por el Banco Central de Venezuela para los intereses sobre prestaciones sociales y correrán desde la fecha del decreto de ejecución, hasta la materialización de ésta, entendiéndose por esto último, la oportunidad del pago efectivo, en el lapso establecido en la presente Ley. Igualmente, procederá la indexación o corrección monetaria sobre las cantidades condenadas, la cual debe ser calculada desde el decreto de ejecución hasta su materialización, entendiéndose por esto último la oportunidad de pago efectivo.

Dispositiva

1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora. Por consiguiente, ANULA el fallo recurrido dictado por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara fecha 31 de enero del año 2008 y, 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, intentada por la ciudadana Berta Meggia Williams de Moreno contra la Fundación Clínica Adventista y solidariamente la Asociación Venezolana Centro Occidental de los Adventistas del Séptimo Día y la Unión Venezolana Antillana de los Adventistas del Séptimo Día.

Palabras clave

prestaciones socialescobrocontrol de la legalidadincongruenciacorrección monetaria

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