Sentencia N° 1248 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de diciembre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 1248, Exp. 16-303, 06/12/2016
Expediente16-303
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-12-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de diciembre de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Hilda Rosa Márquez Betancourt contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui. La decisión confirmaba la sentencia de primera instancia que había declarado sin lugar la demanda por cobro de indemnizaciones derivadas de una enfermedad ocupacional, alegando la existencia de cosa juzgada debido a una sentencia anterior que había declarado la acción prescrita. La Sala argumentó que la parte actora no había presentado argumentos coherentes que justificaran la revisión de la decisión anterior, manteniendo así la firmeza de la sentencia recurrida.

Extracto de la motiva

(…) El presente motivo se formula con carácter subsidiario respecto del anterior, por cuanto en las sentencias cuestionadas, se observa la evidente inaplicabilidad de las Normas Jurídicas del Trabajo en lo que concierne a lo establecido en los Artículo 59 y 60 de la Ley Orgánica del Trabajo (L.O.T.) del año 1990, en cuyos dispositivos están expresados los diferentes criterios que debe adoptar el Juzgador laboral, cuando ocurran conflictos normativos de leyes vigentes en materia laboral, de lo cual se infiere una infracción de normas del ordenamiento jurídico aplicables a la cuestión que ha sido objeto de debate. En este sentido, esta parte recurrente entiende por inaplicación de una norma de derecho material, cuando el Juez, en el ejercicio de sus facultades, deja de aplicar al caso controvertido normas sustanciales que ha debido aplicar, y que de haberlo hecho, habrían determinado que la decisión asumida en la sentencia fuese diferente de la acogida por el juzgador, lo que significa que debe existir identidad entre la norma dejada de aplicar, y el hecho base de la sentencia. (…)

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en fecha 18 de febrero de 2016; y SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.

Palabras clave

indemnizaciónenfermedad ocupacionalcosa juzgadaprescripción

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